Artículo 20: Comunicar libremente  la  información en los  medios 

La Constitución Española de 1978, en su  artículo 20  dice literalmente que se reconocen y protegen los derechos a  expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades. En en su apartado 1 señala que  el ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa. Y en el 2 expone claramente que:   El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

Y es que lamentablemente los intentos  de censurar la información en los medios de comunicación comienza a ser una práctica que preocupa a la ciudadanía por lo que en ello se atenta contra la libertad de expresión, y el derecho a ser informados. Este intento de evitar que los ciudadanos estén informados  y por ello se  intenten suprimir  ciertas noticias, puntos de vista, opiniones, etc,  obedece a u solo objetivo que es el de  controlar la información pública en los medios de comunicación con un interés político.

 Para conseguir ese objetivo se manipula la notica o se  amenaza con imponer leyes restrictivas o se intimida al peridotita  autor de la noticia, se amenaza a los medios independientes o se usa la violencia contra ellos y de este modo, podemos encontrar personajes que buscan la polarización  manipulando las noticias a su favor  en   los medios públicos, y se encargan de difundir la desinformación  con el objetivo de distorsionar la realidad y manipulando la opinión pública a su conveniencia. También utilizan la compra de   publicidad de forma arbitraria e interesada.

Este tipo de acciones de señalamiento a periodistas, intimidación, o acoso a medios de comunicación  y sus profesionales es una grave violación de sus derechos democráticos fundamentales, por el socavamiento sistemático de la libertad de prensa, el derecho a la información, aparte del  impacto negativo en la calidad de la democracia y en la capacidad de los ciudadanos para participar de manera informada en la vida pública  lo que fomenta  la disminución del pluralismo,  por las  injerencias de los gobiernos o políticos  en el trabajo editorial de los medios. 

«Los periodistas tendrán que ser informados de que han sido objeto de vigilancia y podrán objetar ante los tribunales. Independencia editorial de los medios de comunicación públicos

Es necesario luchar contra la censura política en los medios de comunicación, y para ello es  condición sine qua non  fortalecer la unión e   independencia de los medios, defender los derechos de los periodistas y comunicadores. Esto requiere el apoyo a la sociedad civil, y la adopción de medidas legislativas que protejan y promuevan la libertad de prensa en los medios de comunicación.

Los  responsables políticos tienen la obligación de respetar y proteger la libertad de prensa, incluso cuando  la información no sea de su conveniencia pero sea veraz y contrastada.

La responsabilidad de los líderes políticos debe de ser  garantía para mantener la libre opinión para el ejercicio del periodismo independiente e informar sin ningún tipo de presión, ni  interferencia  para  ejercer su trabajo informativo. La libertad de prensa es un pilar fundamental de la democracia y debe ser protegida por todos.

 Recientemente el presidente Sánchez ha arremetido contra unos  «bulos»  aparecidos en algunos medios que hablan de  su esposa,  Begoña Gómez,  pero no especifica cuáles son esos medios a los que el propio Sanchez  denomina, «pseudomedios digitales», y dice haber sido víctima  del ataque  de algún tipo de  estrategia  periodística.

 Es importante destacar que si esos “bulos” que  como el presidente Sánchez  explica son algún tipo de ataque  torticero ya sean contra su persona o contra cualquier otro, se denuncien, se persigan y se tomen medidas contra ello pero con un análisis certero, evidencias concretas o pruebas creíbles que respalden estas acusaciones de forma absolutamente transparente y se tomen las medidas necesarias para salvaguardar la libertad de prensa y el derecho a la información, así como el derecho a la intimidad, derecho a la privacidad y principios básicos de convivencia y armonía.

 A finales de 20213 el Europarlamento aprobó por amplia mayoría la Ley europea de Libertad de Medios, que obliga a los Estados a proteger la independencia de los medios de comunicación y prohíbe toda forma de intervención en las decisiones editoriales y señalan que «las autoridades tendrán prohibido presionar a los periodistas y editores para que divulguen sus fuentes: no podrán detenerlos, sancionarlos, hacer búsquedas en sus oficinas o instalar programas de vigilancia intrusivos en sus dispositivos electrónicos».

En resumen, si bien la Constitución española establece que «se reconoce y protege el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión» esto significa que  la libertad de prensa está consagrada por la ley en España, y protege este derecho fundamental para el ejercicio del periodismo independiente y la libertad de prensa como derecho inalienable.