¡Peligro: animales sueltos!
La historia ha vuelto a repetirse hace sólo unos días y un hombre que había sido condenado a ¡SÓLO! 18 años por el asesinato (con once disparos) de su esposa y madre de sus hijos en 2003, ha vuelto a asesinar, apenas 15 años después; esta vez a la abogada que con su eficaz defensa había logrado en su momento tan “reducida” condena y más recientemente, muy posiblemente con sus fructíferas gestiones para reinsertarlo, había logrado su libertad.
Nos han repetido hasta la saciedad, casi siempre en las películas, que “el asesino siempre vuelve a la escena del crimen” y tristemente, como en esta ocasión, el dicho se ha confirmado por enésima vez.
Al menos en ésta, el asesino reincidente, al que un juez de vigilancia penitenciaria, en contra de otros criterios, había considerado “reinsertable”, ha tenido la “deferencia” de quitarse de en medio, suicidándose y evitándonos la posibilidad de que dentro de ¿otros 14 años?, la historia volviera a repetirse.
Estamos hartos de escuchar que las sentencias se aplican en base a nuestro vigente Código Penal, que tenemos uno de los más rigurosos de nuestro entorno y que el fin de las condenas no es apartar indefinidamente a los delincuentes de la calle, sino traerlos de vuelta a la sociedad y hacer todo lo posible para integrarlos lo antes posible en ella, considerando sus delitos como errores, más o menos graves del pasado, que no volverán a repetirse.
Sin entrar siquiera a valorar condenas a varios cientos e incluso a varios miles de años, al común de los ciudadanos le chirría que alguien que es condenado a 25 años, salga a la calle muchos años antes en base a beneficios penitenciarios, trabajos realizados en prisión o “buen comportamiento”.
Las víctimas mortales NO VUELVEN nunca más a su entorno familiar y es una simple cuestión de justicia que sus “verdugos” tarden en volver al suyo, al menos lo que marquen sus condenas, ni más, ni menos, su pena ÍNTEGRA.
No condenen a un asesino a 18 años para soltarlo cuando ha cumplido sólo 14; condénenlo SÓLO a 14 y que cumpla todos los días de cada uno de esos años.
No condenen a nadie a 30 años si lo van a dejar en libertad a los 22; ni condenen a ningún asesino múltiple a tres penas de 25 años, si cada día que amanece redime tres… y sus teóricos 75 se acaban quedando en 19.
Quienes tienen la potestad de hacerlo, deberían evitar poner a ningún condenado en las calles, en contra del criterio de quienes día a día tratan al preso más de cerca; tienen la responsabilidad de mantener entre rejas a esos individuos que, aún superados las tres cuartas partes de sus condenas, siguen siendo un peligro; no escuchen cantos de sirena, ni se dejen influenciar por las buenas palabras del condenado o por el poder de convicción de sus abogados prometiendo una idílica reinserción social.
Y si a la hora de condenar cualquier duda relacionada con el delito debe ser favorable al acusado, que también cualquier duda, por pequeña que sea, impida una liberación prematura.
No expongan a toda la sociedad a nuevos hechos tan lamentables como previsibles; sean conscientes de que de producirse la sociedad los podrá señalar como “responsables”.
Y si su respuesta es “esto es lo que hay”, corresponderá a los legisladores modificar las leyes, más cuando entre una buena parte de la sociedad bulle la sensación de que la justicia es, como dijera allá por 1985 el alcalde de Jerez, Pedro Pacheco, “un cachondeo”.
No pongan en riesgo al resto de los ciudadanos “insertando” en sus vidas a esos ejemplares con aspecto humano que por las razones que sean siguen siendo aún peligrosos animales sueltos.